sábado, 11 de junio de 2016

Límites a los derechos del accionista

El elemento común en toda la literatura sobre Gobierno Corporativo es que su columna vertebral la constituye una estructura de gobernabilidad, que establezca roles y responsabilidades de los diferentes órganos de gobierno de la empresa, de la administración y de los encargados de la supervisión y el control.

En Colombia, el Código de Comercio y demás normas que rigen la materia, así como los estatutos de cada sociedad, establecen las responsabilidades de las asambleas o juntas de socios, de las juntas o consejos directivos y de los administradores en general.

No obstante lo dispuesto en la ley o en los estatutos, en la práctica, la línea que separa esos roles y responsabilidades suele ser difusa y en general esas normas carecen de límites expresos para los órganos de gobierno y para quienes los conforman, lo que deriva en gran cantidad de inconvenientes que afectan la gobernabilidad de la empresa.

Es el caso de los accionistas, que si bien son los dueños de la sociedad, no pueden ejercer su poder cuando a bien tengan, en el día a día de la empresa, y sobre cualquier tópico, sino que lo ejercen como tal en la Asamblea y sobre aspectos cuya competencia no se ha delegado. Ellos, según la ley y el modelo de contrato societario, acuden a la Asamblea básicamente para aprobar o improbar los resultados y la gestión de la administración, decidir sobre las utilidades de la compañía, elegir sus representantes en la Junta o Consejo Directivo y al revisor fiscal, y para modificar el mencionado contrato cuando lo consideren del caso. Lo demás lo han delgado en la Junta Directiva y en la administración, y debe respetarse de manera estricta lo allí pactado. 

Su derecho a la información tampoco puede ejercerse de cualquier manera y frente a cualquier empleado de la empresa, si no que requiere que se realice por los medios establecidos para ello, como oficinas de accionistas, reuniones y publicaciones periódicas, líneas telefónicas, chats, redes sociales, y demás medios que hoy por hoy son innumerables.

El cumplimiento de estas normas por parte de todos los involucrados es una garantía de la gobernabilidad de la empresa y de su funcionamiento para obtener las metas que se ha propuesto.

Se requiere entonces abolir de una vez por todas, esa antigua práctica en que los parientes del accionista mayoritario o funcionarios del Estado, cuando se trata de empresas controladas por este, argumentando su calidad de dueños, acuden a cualquier empleado de la compañía con diferentes exigencias para obtener información privilegiada o trato preferencial, desconociendo el modo de ejercer sus derechos pero sobre todo el momento de ejercerlos. 

Para evitar estos abusos y las confrontaciones que se deriven de ellas, es fundamental que los estatutos y los códigos de Gobierno Corporativo sean muy claros no solo en el establecimiento de las funciones de los órganos de gobierno, sino en determinar el momento en que las ejercen y los límites que tienen en su ejercicio. 

Para asegurar la gobernabilidad de la empresa, se debe realizar una amplia difusión de estas normas entre los accionistas y quienes los representen, para asegurar que conocen la forma de ejercer sus derechos, los límites de su ejercicio y obtener el compromiso irrestricto de respetar estas reglas.

Particularmente, en el caso de las sociedades que son controladas por el Estado esta difusión es esencial entre todos los funcionarios que interactúan con estas empresas con el fin de fortalecer el Gobierno Corporativo de las mismas a través de su respeto a todo el sistema.

De igual forma los empleados de estas sociedades deben estar capacitados para poder sortear las exigencias inusitadas, y poder conducir al accionista en el correcto ejercicio de sus derechos.

Si estas reglas son lo suficientemente claras, son conocidas por todos y la atención a los accionistas es eficaz, la gobernabilidad de la empresa redundará en el logro de los resultados que todos esperan.

De los límites que deben observar las Juntas o Consejos Directivos hablaremos en próxima oportunidad.


Margarita Obregón

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